Según la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en su artículo 58, los proveedores de bienes y servicios no pueden condicionar la venta de sus productos o servicios en función del género, nacionalidad, preferencias sexuales, religión u otras características. Esto implica que ningún cine puede obligar a los consumidores a comprar exclusivamente alimentos dentro de sus instalaciones.

Además, la ley establece que los proveedores de servicios deben ofrecer sus productos de manera equitativa y sin discriminación. Sin embargo, los consumidores aceptan los términos y condiciones de los establecimientos al comprar un boleto.

  • Un contrato de adhesión es un documento elaborado por el proveedor que establece en formatos uniformes los términos y condiciones de adquisición de un producto o servicio. Debe estar en español, ser legible y no contener cláusulas abusivas o desproporcionadas contra el consumidor.

Revisión de mochila: ¿Es legal?

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